Edgard Romero Nava

Empresario en el área de Petroleo y Gas. Tuvo sus inicios en la empresa Atlántida Internacional y en 1981 fundo el grupo de Empresa de Petrolago, c.a Fue Director de instituciones como: Prominsur, c.a, Terminales de Maracaibo, c.a, Consorcio Petro Orinoco, Consorcio PPM, Hotel Eurobuilding, IESA, SURAL, Consejo Empresarial Andino, Fedecamaras, Consecomercio, Cámara Petrolera de Venezuela, Alianza Empresaria Petrolera. De Industria y Comercio de Lagunillas (ACIL).


La reforma petrolera venezolana y la falta de definición del régimen de regalías

La reciente reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos representa uno de los cambios más importantes en el marco legal petrolero venezolano de las últimas décadas. Su propósito fundamental ha sido crear condiciones más favorables para la inversión nacional e internacional, impulsar la recuperación de la producción y facilitar la participación de capitales privados en actividades que históricamente estuvieron reservadas al Estado.

Sin embargo, junto con los aspectos positivos de la reforma, surge un tema que requiere atención prioritaria para garantizar el éxito de esta nueva etapa: la definición precisa del régimen de regalías y la pronta promulgación de su reglamento de aplicación.

La regalía como factor decisivo para la inversión
En toda industria petrolera, la regalía constituye uno de los elementos fundamentales para evaluar la rentabilidad de un proyecto. Los inversionistas analizan cuidadosamente la carga fiscal total, los impuestos, los costos operativos y, especialmente, el porcentaje de regalía que deberá entregarse al Estado por la explotación de los hidrocarburos.

La reforma aprobada introduce un cambio significativo al establecer que la regalía podrá fijarse hasta un máximo de 30%, dejando al Ejecutivo Nacional la facultad de determinar el porcentaje aplicable a cada proyecto en función de sus características económicas, necesidades de inversión y competitividad internacional.

Este mecanismo aporta flexibilidad, especialmente para proyectos complejos, campos maduros, desarrollos costa afuera o áreas de crudos Extra pesados que requieren elevados niveles de inversión. No obstante, la ausencia de parámetros específicos puede generar incertidumbre en potenciales inversionistas.

La importancia de la seguridad jurídica
La experiencia internacional demuestra que el capital petrolero busca, además de oportunidades geológicas atractivas, estabilidad regulatoria y previsibilidad económica.

Cuando un inversionista evalúa comprometer cientos o miles de millones de dólares en un proyecto de largo plazo, necesita conocer con claridad cuáles serán las condiciones fiscales durante toda la vida útil de la inversión.

La posibilidad de que los porcentajes de regalía sean determinados, caso por caso, puede resultar positiva desde el punto de vista de la flexibilidad administrativa, pero al mismo tiempo genera interrogantes sobre los criterios de aplicación, los mecanismos de revisión y la permanencia de las condiciones acordadas.

Por ello, resulta indispensable que el reglamento establezca normas transparentes, objetivas y conocidas por todos los participantes del mercado.

Un reglamento esperado por el sector
La promulgación del reglamento de la reforma constituye ahora una tarea prioritaria.

Dicho instrumento debería definir, entre otros aspectos:
* Los rangos de regalías aplicables según el tipo de proyecto.

* Los criterios técnicos y económicos para su determinación.
* Los procedimientos para solicitar ajustes o revisiones.
* Los mecanismos de estabilidad contractual.
* Los plazos de aprobación por parte de las autoridades competentes.
* Las condiciones aplicables a proyectos de recuperación secundaria y mejorada.
* Los incentivos para áreas de alto riesgo exploratorio.

La claridad en estos aspectos permitirá reducir riesgos, acelerar la toma de decisiones de inversión y facilitar la estructuración financiera de nuevos proyectos.

Competitividad frente a otros países productores
Venezuela posee una de las mayores reservas de hidrocarburos del mundo, particularmente en la Faja Petrolífera del Orinoco. Sin embargo, las reservas por sí solas no garantizan inversiones.

Los capitales internacionales comparan permanentemente las condiciones ofrecidas por distintos países productores. Factores como regalías, impuestos, estabilidad jurídica, mecanismos de arbitraje y seguridad contractual influyen directamente en la decisión de inversión.

En consecuencia, el nuevo marco regulatorio venezolano debe lograr un delicado equilibrio entre la maximización de la renta petrolera para el Estado y la necesidad de mantener proyectos económicamente atractivos para los inversionistas.

Una oportunidad para la recuperación del sector
La reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos abre una ventana de oportunidades para la recuperación de la industria petrolera nacional. La incorporación de mecanismos de arbitraje, la ampliación de la participación privada y la flexibilización de diversos esquemas operativos constituyen señales positivas para el mercado.

Sin embargo, el éxito de esta nueva etapa dependerá en gran medida de la rapidez y claridad con que se desarrollen sus normas reglamentarias.

Conclusión
La reforma petrolera venezolana constituye un paso importante hacia la reactivación de la industria y la captación de nuevas inversiones. No obstante, para transformar las expectativas en proyectos concretos será necesario despejar cuanto antes las incertidumbres relacionadas con el régimen de regalías.

La definición transparente de los porcentajes aplicables, los criterios para su determinación y los mecanismos de estabilidad contractual permitirá fortalecer la confianza de los inversionistas, mejorar la competitividad internacional del país y acelerar la recuperación de la producción petrolera.

En definitiva, más que un asunto tributario, la claridad sobre las regalías se ha convertido en una pieza esencial para demostrar la seguridad jurídica que requiere Venezuela en esta nueva etapa de desarrollo energético.

*Fue Presidente de Fedecamaras, Cámara Petrolera, Consecomercio y Consejo Empresarial Andino.

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